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Conoce las Prestaciones Asistenciales a las que tienes acceso como colegiado socio protector

fpsomc

La Fundación para la Protección Social de la Organización Médica Colegial se sostiene gracias a la solidaridad de los colegiados médicos de España, que en un alto porcentaje no conocen las prestaciones a las que tienen acceso precisamente por esa misma condición de ser médicos colegiados socio protectores. 
Desde el COMCADIZ queremos daros a conocer mejor este catálogo de servicios de la Fundación y en esta entrega nos detenemos en las prestaciones asistenciales, que contemplan ayudas económicas para cubrir gastos destinados a la asistencia de huérfanos y médicos con discapacidad, huérfanos mayores de 60 años y médicos jubilados, así como por viudedad y tratamientos específicos en menores de 16 años, que presentan deficiencias o alteraciones del desarrollo.
Accede aquí a las prestaciones asistenciales de la Fundación para la Protección Social de la OMC

Comentarios (2)

Evangelina González Andrades

Quisiera consultar una duda que tengo.
Existe alguna prestación para la viuda de un médico.
Gracias

Buenos días Evangelina, dentro de las prestaciones que ofrece la FPSOMC hay un grupo denominado PRESTACIONES ASISTENCIALES, dentro de este grupo está la prestación por VIUDEDAD, esta ayuda puede solicitarla la viuda del médico colegiado socio protector fallecido, y está destinada a compensar la carencia de ingre­sos de la unidad familiar como consecuencia del fa­llecimiento del socio protector.

Los requisitos que tiene que se tienen que reunir para poder solicitarla son los siguientes:
Ser viudo o pareja de hecho de socio protector de la Fundación.
Carecer de recursos económicos o que estos sean insuficientes.
No superar con sus ingresos, los topes anuales establecidos por la Fundación por cada miembro de la Unidad Familiar (UF) en 13.932 €/año.
En el caso de que el socio protector hubiera tenido más de un cónyuge o pareja de hecho, el benefi­ciario/a de esta prestación será, si correspondiera, el último/a de ellos/as.
El socio protector relacionado tendrá que haberlo sido durante al menos 10 años ininterrumpidos.
Le dejo el link donde puede encontrar toda la información e impreso de solicitud: https://www.fpsomc.es/actividad/proteccion-social/catalogo-de-prestaciones/prestaciones-asistenciales

Si tiene alguna duda o precisa de alguna otra información no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Un saludo
Excmo. Colegio de Médicos de Cádiz

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