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El SAS da la razón a los Colegios de Médicos y suprime los protocolos enfermeros de gestión compartida

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El Consejo Andaluz de Colegios de Médicos (CACM) planteó en junio de 2018 un recurso en el que solicitaba la nulidad de los llamados Protocolos de Gestión Compartida de la demanda aguda no demorable del Servicio Andaluz de Salud, mediante los cuales se atribuían las competencias médicas de diagnóstico y tratamiento a los profesionales de la enfermería.

Estos protocolos fueron publicados por el anterior Gobierno andaluz. Ahora y tras iniciar el Consejo Andaluz de Colegios de Médicos los trámites para la resolución del conflicto con la actual Consejería de Salud, la Dirección Gerencia del SAS acaba de suprimir y dejar sin efecto estos Protocolos “en razón del nuevo abordaje de la organización de la atención sanitaria en el nivel asistencial de Atención Primaria”. Anteriormente a esta decisión, la administración andaluza ya había dado un primer paso en esa dirección al retirar dichos protocolos de la página web del Servicio Andaluz de Salud.

Esta misma semana el Juzgado de los Contencioso Administrativo Número 1 de Sevilla dictaba auto mediante el que accede a la medida cautelar solicitada por el CACM para la suspensión de estos protocolos. El auto acoge los fundamentos y motivos acreditados, como son que estos protocolos se han dictado al margen de la competencia y prescindiendo del procedimiento legalmente establecido, atribuyendo competencias exclusivas de los médicos a los enfermeros, pudiendo producir daño a la salud pública de imposible o difícil reparación. Tanto desde el punto de vista profesional, por atribuir funciones propias de los médicos a los enfermeros, como a los pacientes por ponerse en riesgo su derecho a la asistencia médica para la protección de su salud.
Asimismo, el Juzgado afirma que los protocolos facultan a los enfermeros y enfermeras a prestar una asistencia no solo colaborativa, sino también finalista, lo que implica que sean estos profesionales los que: “inicien y finalicen dicho procedimiento, diagnosticando y prescribiendo tratamiento médico sin la intervención del correspondiente facultativo medico”.

En definitiva, el Juzgado acuerda la suspensión de los Protocolos de Gestión Compartida concurriendo los requisitos legales de apariencia de buen derecho y peligro de demora, considerando que ciertamente nos encontraríamos ante una vía de hecho. Asimismo el Juzgado motiva esta decisión afirmando que con la medida interesada “en todo caso la asistencia médica estaría asegurada” por ser el derecho a la salud de los pacientes el que se encuentra comprometido.

El Consejo Andaluz de Colegios de Médicos y la profesión médica manifiestan gran satisfacción tanto por esta medida judicial como por la resolución del SAS por cuanto garantiza el derecho de los pacientes andaluces a ser atendidos por un médico cuando acudan con esa necesidad al Servicio Andaluz de Salud.
Accede aquí al auto judicial

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