La Delegación Territorial de Salud y Consumo es la que autoriza la utilización de talonarios de uso propio en toda la provincia y la Dirección Gerencia del SAS se encarga de la gestión y control de los talonarios de recetas de los facultativos no adscritos a los distritos de Atención Primaria.

Sin perjuicio de aquellas solicitudes que se presenten en la Delegación Territorial de Salud y Consumo, podrán solicitarlos a través del Excmo. Colegio Oficial de Médicos de la Provincia de Cádiz:

Los colegiados que al jubilarse deseen disponer de los talonarios de recetas del SAS para uso propio, conforme al modelo establecido en el Anexo I, aportando la documentación que se detalla en el mismo.

2º Los colegiados que ya dispongan de autorización de uso de talonarios de uso propio podrán solicitarlos al COMCADIZ presentando su solicitud conforme al Anexo II junto con copia del DNI en vigor.

Los talonarios serán entregados en las dependencias del COMCADIZ directamente a los médicos colegiados que hayan solicitado su talonario de recetas del SAS para uso propio o a sus representantes debidamente autorizados.

Se podrá entregar a cada médico como máximo un talonario al año; excepcionalmente y siempre que se acredite una causa justificada, se podrá entregar un segundo talonario.

Aquellos médicos que residan en otra provincia deberán solicitar el talonario de recetas para uso propio en la Delegación Territorial de Salud de la provincia en la que residan.

Se recuerda a los colegiados que no podrán realizarse prescripciones de medicamentos que estén sometidos a visado u otras limitaciones impuestas por el SAS en su prescripción y dispensación.

Con el fin de mantener la historia clínica actualizada, debe evitarse el uso de los talonarios de uso propio para prescribir tratamientos de patologías crónicas o agudas de relevancia, recomendándose su uso para prescribir únicamente medicamentos indicados en procesos agudos que previsiblemente vayan a tener poca trascendencia para la salud.

Los asegurados por mutualidades como ISFAS, MUFACE MUGEJU y similares no podrán ser beneficiarios de los talonarios del SAS de uso propio.

Acceda al Anexo I

Acceda al Anexo II