https://comcadiz.es
Scroll Top

El COMCADIZ INFORMA: Campaña Renta 2021 para colegiados

Renta 2021

El Colegio de Médicos de Cádiz (COMCADIZ) abre un año más la campaña para la declaración de la Renta para los colegiados a través de los servicios de Asesoría Fiscal del COMCADIZ. Le informamos que desde el lunes 18 de abril estará disponible a través de la web el formulario de solicitud. La documentación que debe presentar es la siguiente:

A.- Si le hicimos la declaración el año pasado.

  • Datos fiscales impresos (No el borrador).
  • Cualquier otra que considere relevante (datos de alquiler de vivienda, seguros de la vivienda si desgrava, gastos de guardería, etc…).

B.- Si no le hicimos la declaración el año pasado.

  • Toda la documentación requerida en el punto A.
  • Fotocopia de su declaración de 2020 completa.

Asimismo:

C.- Colegiados con actividad profesional independiente:

Deberán aportar copia de los libros oficiales con la suma total al final del año y el modelo 130 del último trimestre presentado, si lo hubiese. Quienes no cumplan este requisito legal, deberán aportar sus ingresos SUMADOS de todo el año, así como sus gastos anuales, también SUMADOS por conceptos (teléfonos, sueldos, etc..). No se admitirán en ningún caso facturas sin sumar.

D.- Si hubiera algún hecho relevante, venta de una vivienda, de fondos de Inversión, de planes de pensiones o incluso cambios a nivel personal, deberá aportar toda la documentación.

Es especialmente importante, en el caso de venta de vivienda, que aporte copia de las escrituras de adquisición (por herencia o compra), venta y préstamo hipotecario si lo hubiese, así como la suma de los gastos que hubiesen podido generarse en estas operaciones.

En caso de compra de vivienda, no es necesario aportar las escrituras.

Es de especial relevancia que aporte siempre el número del DNI del arrendador en caso de que su vivienda habitual sea de alquiler.

Si arrienda algún inmueble, deberá aportar siempre el número del DNI del inquilino y el número de días en los que ha estado alquilado el inmueble, además del importe de los ingresos anuales obtenidos y los gastos necesarios para dicho arrendamiento (IBI, seguros, comunidad de propietarios, intereses de préstamos hipotecarios, gastos de compras o reparación…). También será necesario aportar la fecha e importe de adquisición del inmueble, los gastos ocasionados por dicha adquisición (estos últimos serán opcionales pero recomendables) y, en caso de venta de acciones, el importe de adquisición de las mismas.

Gracias por su colaboración.

Dejar un comentario